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Estructuras fiscales para cuentas de fondeo: ¿Qué formas de tributación tienes como trader?

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esrtucturas fiscales para cuentas de fondeo
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Cuando hablamos de cómo tributan las cuentas de fondeo, no podemos ceñirnos a una estructura fiscal que sirva para todos los traders y situaciones. Es necesario analizar cómo opera el inversor, a través de qué plataforma, cuál es el contrato que tiene con la prop firm o qué otras fuentes de ingresos tiene, entre otros aspectos.

Por ello, en este artículo hago un repaso exhaustivo de todas las opciones de tributación o estructuras fiscales que existen para traders que ganan dinero con las cuentas de fondeo.

El objetivo es que cuando termines de leer el artículo sepas qué mecanismos o vías tienes para optimizar tu fiscalidad si operas con cuentas de fondeo, tanto si lo haces de forma puntual como si se trata de algo habitual.

 

estructuras y opciones de tributacion para traders de cuentas de fondeo

 

Opciones de tributación para traders de cuentas de fondeo

El análisis fiscal que realizamos en Taxencadenado puede situarnos ante diferentes escenarios y, por tanto, también es necesario aplicar soluciones distintas para cada trader de fondeo.

No se trata de elegir la estructura fiscal que tenga el porcentaje más bajo de impuestos, sino el que nos reporte la combinación más eficiente entre fiscalidad, seguridad jurídica, costes, liquidez y capacidad de acumulación patrimonial.

Autónomo

Es la solución más directa cuando la actividad se desarrolla personalmente desde España. Pero ojo, no siempre hay que ser autónomo para retirar payouts de cuentas de fondeo. Hay que ver muy bien cuál es la situación del trader, la regularidad de los ingresos y, sobre todo, cuál es la relación contractual que existe con la prop firm.

Aquí hay que separar dos cuestiones:

Por un lado, la relación contractual con la Prop Firm y el funcionamiento real de la cuenta ayudan a determinar qué tipo de renta estás obteniendo y cuáles son tus obligaciones fiscales.

Por otro, a efectos de Seguridad Social, hay que analizar si desarrollas una actividad de forma habitual, personal, directa y por cuenta propia con finalidad lucrativa.

Ser autónomo tiene una ventaja práctica importante: permite ordenar de forma relativamente sencilla la actividad, declarar y documentar los ingresos y computar correctamente los gastos vinculados cuando sean fiscalmente deducibles.

Pero esa sencillez tiene un coste. A medida que aumenta el beneficio, el IRPF puede adquirir un peso relevante y aparecen además las obligaciones propias del desarrollo de una actividad económica.

Para un trader cuya operativa todavía es sencilla y que necesita disponer personalmente de buena parte de lo que genera, seguir como autónomo puede ser perfectamente razonable. En cambio, la estructura óptima puede cambiar cuando los payouts se consolidan, aumenta el beneficio recurrente y existe capacidad real para reinvertir o acumular patrimonio.

El autónomo puede ser una buena primera fase, pero no tiene por qué ser la estructura definitiva.

LLC

La LLC puede ser un vehículo empresarial internacional interesante cuando existe una razón operativa y económica real para utilizar una estructura de Estados Unidos.

Por ejemplo, puede tener sentido para un trader que trabaja con Prop Firms, proveedores o plataformas internacionales, quiere separar jurídicamente determinadas operaciones de su esfera personal o necesita una infraestructura empresarial y bancaria coherente con una operativa global.

Pero aquí hay que eliminar una de las mayores confusiones del sector. Crear una LLC para cuentas de fondeo no hace que un residente fiscal español tribute automáticamente al 0 % ni permite dejar de pagar impuestos en España simplemente porque el dinero permanezca fuera.

Antes de hablar de ahorro fiscal, acumulación o reinversión hay que responder una pregunta fundamental: ¿cómo se califica fiscalmente esa LLC desde España?

Dependiendo de sus características y de su régimen fiscal, una entidad extranjera puede recibir un tratamiento distinto en España. Si se considera una entidad en atribución de rentas, determinadas rentas pueden atribuirse directamente al socio residente aunque no se hayan distribuido.

Si se considera una entidad fiscalmente separada, habrá que analizar además dónde se encuentra su dirección efectiva, qué actividad realiza realmente, cómo se relaciona con el socio y si resultan aplicables otras reglas fiscales internacionales.

Por eso, el verdadero atractivo de una LLC no está necesariamente en pagar menos impuesto. Puede estar en ordenar una operativa internacional, separar jurídicamente determinadas actividades y activos, facilitar el acceso a infraestructura bancaria y de pagos estadounidense y construir una estructura patrimonial más flexible.

La pregunta correcta a la que hay que responder no es si con una LLC se pagan menos impuestos, sino «¿cómo va a calificar España esta LLC y qué función económica va a cumplir dentro de la estructura del trader?».

Esto es lo que nos referimos cuando hablamos de planificación fiscal.

LLC + autónomo

Aquí ya hablamos de una estrategia mucho más sofisticada. En determinados casos puede estudiarse una estructura mixta en la que el trader mantenga una actividad declarada en España y, paralelamente, utilice una estructura internacional para determinadas operaciones o para la acumulación patrimonial.

Pero esto no significa simplemente «declaro 30.000 euros en España y el resto lo meto en la LLC». Una estructura así debe responder a una realidad económica y jurídica.

Si el trader continúa siendo residente fiscal en España y desarrolla personalmente una actividad de forma habitual, habrá que analizar sus obligaciones fiscales y de Seguridad Social en España aunque paralelamente utilice una LLC.

La estructura mixta puede tener sentido cuando la persona física y la LLC cumplen funciones económicas distintas y reales. Para ello hay que definir qué actividad desarrolla cada una, quién contrata con las Prop Firms, qué riesgos y activos asume cada parte, dónde se toman las decisiones y cómo circula el dinero entre ambas.

La ventaja estratégica de una estructura mixta puede estar en no obligar al trader a traer a España todo el beneficio que genera inmediatamente.

Por ejemplo, un trader puede necesitar mantener correctamente ordenada su actividad personal en España y, al mismo tiempo, utilizar una LLC para una parte diferenciada de su operativa internacional, para determinadas inversiones o para trabajar con proveedores y servicios estadounidenses, siempre que la estructura responda a una realidad económica y se analice correctamente su tratamiento fiscal.

Por tanto, LLC y autónomo no son estructuras incompatibles, pero tampoco es una combinación que siempre convenga. Pueden usarse a la vez cuando la planificación concreta del trader justifica que cada una cumpla una función diferente.

Imaginemos un trader que necesita 3.000 euros mensuales para mantener su nivel de vida, pero genera 8.000 o 10.000 euros mensuales de forma recurrente. En estos casos, la planificación fiscal para cuentas fondeadas puede servir para discernir la mejor manera de separar el dinero necesario para vivir del dinero destinado a acumulación patrimonial.

Pero esa separación debe realizarse de acuerdo con la normativa fiscal aplicable.

Sociedad Limitada

La Sociedad Limitada española puede empezar a tener sentido cuando el trader deja de ser simplemente una persona que obtiene payouts y empieza a desarrollar una actividad empresarial con capacidad de reinversión y una organización propia.

Puede permitir una mayor separación entre patrimonio empresarial y personal y facilitar la reinversión de parte de los beneficios dentro de la sociedad. Pero tampoco debe venderse como una fórmula para pagar automáticamente menos impuestos.

No existe una cifra concreta a partir de la cual una SL sea siempre mejor que tributar como persona física. El análisis debe comparar:

  • Cuánto beneficio genera la actividad.
  • Cuánto necesita retirar el trader para vivir.
  • Cuánto puede permanecer dentro de la empresa.
  • Qué estructura real existe detrás de la sociedad.

Además, hay que prestar especial atención cuando todo el valor económico depende exclusivamente del trabajo personal del socio y la sociedad apenas tiene medios, funciones o riesgos propios. En estos casos hay que analizar correctamente la remuneración del socio y las operaciones vinculadas a valor de mercado; facturar a través de una sociedad no convierte por sí solo todo el beneficio generado por el trabajo personal del trader en renta societaria disponible a un tipo nominal inferior.

Una sociedad puede ser especialmente interesante cuando el trader no necesita retirar todos los beneficios para vivir y quiere utilizar parte del dinero para seguir construyendo patrimonio.

En otras palabras, la SL tiene más sentido cuando existe beneficio que puede quedarse dentro para reinvertir, adquirir activos, desarrollar otras líneas de negocio, contratar colaboradores o construir una estructura empresarial que no dependa únicamente del trabajo personal del trader.

Optimizar dentro de España antes de emigrar

Antes de pensar en salir de España, un trader con movilidad debería comprobar si puede mejorar su fiscalidad sin abandonar el país.

Existen regímenes territoriales que pueden cambiar de forma importante el resultado cuando la residencia y la actividad se trasladan de verdad y se cumplen sus requisitos:

  • Extremadura: quien traslada allí su residencia habitual y cumple los requisitos puede aplicar una deducción del 50 % de la cuota íntegra autonómica en el año del traslado y en los dos siguientes. Para contribuyentes menores de 36 años puede alcanzar el 75 %, con obligación de mantener la residencia durante al menos tres años.
  • Ceuta y Melilla: determinadas rentas obtenidas allí por residentes que cumplen los requisitos pueden beneficiarse de una deducción del 60 % de la parte correspondiente de las cuotas estatal y autonómica.
  • Canarias: la Reserva para Inversiones en Canarias puede ser una herramienta muy potente para autónomos en estimación directa que desarrollan realmente su actividad mediante un establecimiento situado en Canarias y cumplen las obligaciones de dotación, materialización y mantenimiento.
  • Baleares: la Reserva para Inversiones en las Illes Balears también puede aplicarse, con sus requisitos específicos, a determinados contribuyentes de IRPF que desarrollan actividades económicas en estimación directa.

No son soluciones automáticas ni basta con cambiar el domicilio en el papel. Pero antes de asumir que para optimizar hay que marcharse de España, merece la pena comparar estas alternativas con la situación real del trader.

Residente fiscal extranjero

Esta es la estrategia que puede producir uno de los mayores cambios en la tributación de un trader, pero también exige la decisión personal más importante: trasladar realmente su residencia y su centro de vida a otro país.

Si un trader está realmente dispuesto a trasladar su residencia fiscal y su centro de vida a otro país, puede estudiarse la fiscalidad del país de destino y la salida de España.

Pero para optar por esta vía no basta con pasar una temporada fuera, abrir una sociedad en el extranjero o alquilar una vivienda o pasar unos meses en otro territorio. Hay que analizar las reglas españolas, las del país de destino y, cuando exista conflicto de residencia, el convenio internacional aplicable.

Es necesario comparar la tributación concreta de las rentas del trader, el coste de vida, vivienda, Seguridad Social o seguro médico, banca, requisitos migratorios, familia, patrimonio y la posibilidad real de desvincular la residencia fiscal española.

Cuando el beneficio neto ya es relevante y recurrente y el trader tiene movilidad real, puede tener sentido comparar España correctamente optimizada con otras jurisdicciones. En esa comparativa pueden entrar destinos con modelos fiscales muy diferentes como Emiratos Árabes Unidos, Paraguay, Panamá o Tailandia, pero ninguno debe presentarse como «el mejor país» de forma universal.

Por eso, emigrar puede ser fiscalmente muy interesante para determinados traders con ingresos elevados y movilidad efectiva, pero no es una solución para quien quiere seguir viviendo permanentemente en España.

¿Cuál es la estructura fiscal más adecuada para un trader de cuentas de fondeo según el nivel de ingresos que genere?

Las cifras siguientes no son umbrales legales ni fiscales. Son rangos orientativos que utilizamos para explicar cómo puede evolucionar la planificación. Lo relevante no es únicamente cuánto retiras en payouts, sino el beneficio neto recurrente después de gastos, la estabilidad de esos ingresos, cuánto dinero necesitas para vivir, cuánto puedes reinvertir y cuáles son tus objetivos personales y patrimoniales.

Vamos a ver varios casos para que lo entiendas mejor.

Trader que genera hasta aproximadamente 1.000-2.000 € mensuales

En este nivel, la prioridad debería ser normalmente regularizar y ordenar correctamente la actividad y no sobredimensionar la estructura.

Una cantidad pequeña no significa automáticamente que no existan obligaciones fiscales. Puede haber obligaciones censales ante Hacienda aunque el análisis sobre la obligación de alta en RETA tenga que hacerse por separado atendiendo a la habitualidad, continuidad y circunstancias reales de la actividad.

Tampoco existe un umbral de ingresos que convierta automáticamente un payout en «seguro» frente a Seguridad Social.

En muchos casos, una estructura internacional compleja tendrá más costes y fricción que ventajas. La prioridad es conocer la naturaleza fiscal de los payouts, documentar correctamente ingresos y gastos y valorar el riesgo real antes de añadir estructuras innecesarias.

Trader que genera aproximadamente 2.000-3.000 € mensuales

Cuando los payouts empiezan a ser recurrentes, ya tiene sentido realizar una planificación fiscal para traders de fondeo más profunda y personalizada. aunque eso no significa que haya que crear inmediatamente una sociedad o una estructura internacional.

En este punto conviene analizar la situación como autónomo, los demás ingresos del trader, cuánto necesita para vivir, cuánto puede reinvertir y si existe movilidad real.

Especialmente si el trader tiene un salario por cuenta ajena, puede ser interesante mantener inicialmente el empleo y analizar qué parte de los ingresos necesita realmente para vivir.

También puede ser el momento de estudiar si encaja algún régimen territorial dentro de España o, si el trader ya tiene un proyecto real de mudanza, empezar a comparar escenarios de residencia fiscal en otros países.

Este puede ser un punto de transición. No necesariamente hay que abandonar el trabajo ni crear inmediatamente una estructura internacional. La clave sigue siendo la estabilidad del beneficio, no solamente tener un mes especialmente bueno.

Trader que supera aproximadamente los 3.000-5.000 € mensuales de forma recurrente

La situación cambia.  A partir de aquí empiezan a existir más alternativas reales de planificación, pero tampoco hay una respuesta única.

La pregunta principal pasa a ser qué quiere hacer el trader con el beneficio que genera: ¿necesita consumirlo?, ¿quiere reinvertirlo?, ¿quiere acumular patrimonio?, ¿comprar activos?, ¿mantener su trabajo por cuenta ajena?, ¿crear otras líneas de negocio? o ¿tiene movilidad suficiente para cambiar de residencia?

En función de esas respuestas pueden estudiarse diferentes soluciones como: seguir como autónomo, crear una Sociedad Limitada, estudiar un vehículo internacional, trasladarse a otra zona de España con un régimen fiscal diferente o analizar un cambio real de residencia fiscal. Incluso se pueden valorar combinaciones de ellas, siempre dependiendo de las circunstancias concretas.

Trader que supera ampliamente los 5.000-10.000 € mensuales

A estos niveles la planificación fiscal para cuentas de fondeo deja de reducirse a decidir cómo declarar el payout y empieza a convertirse en una cuestión patrimonial.

Si el trader genera 10.000 euros al mes pero solo necesita 3.000 para vivir, existe una diferencia de 7.000 euros mensuales que debe tener una estrategia.

Además, en cuentas de fondeo los ingresos pueden ser muy irregulares: un mes pueden entrar 10.000 euros, otro 2.000 y otro ninguno. Por eso no tomaríamos una decisión estructural mirando únicamente el mejor mes, sino el beneficio neto anual recurrente y su estabilidad.

Aquí hay que decidir:

  • Cuánto dinero necesita el trader para vivir.
  • Cuánto quiere mantener líquido.
  • Cuánto puede reinvertir.
  • Qué activos quiere adquirir.
  • Qué nivel de protección y separación patrimonial busca.
  • Y si tiene sentido construir una sociedad, una estructura internacional o plantear un cambio de residencia.

A partir de estas cifras, sentarse a diseñar una planificación completa suele tener mucho más valor que intentar optimizar únicamente la cuota de autónomos.

Trader que se plantea emigrar

Cuando el beneficio ya es elevado y estable y el trader tiene movilidad real, puede ser interesante comparar el coste de seguir siendo residente fiscal en España con el de trasladar su residencia a otra jurisdicción.

Destinos como Emiratos Árabes Unidos, Paraguay, Panamá o Tailandia pueden entrar en una comparativa, pero la decisión no debería tomarse únicamente por el tipo impositivo anunciado en internet.

Pero esto ya no es simplemente una cuestión fiscal. Implica decidir dónde quiere vivir el trader, dónde quiere desarrollar su actividad, dónde quiere comprar su vivienda, dónde quiere construir su patrimonio y cuál será su proyecto de vida.

Además hay que estudiar cómo tributa exactamente la renta del trader en el país de destino, si el sistema es territorial o mundial, los requisitos de residencia, vivienda, banca, seguro médico o Seguridad Social, coste de vida, familia y, sobre todo, si el cambio permite dejar de ser residente fiscal en España de forma defendible.

Por eso el cambio de residencia no es una estructura fiscal que solo tenga implicaciones sobre el papel. Es una decisión de vida que puede producir un ahorro fiscal importante cuando encaja con los objetivos personales y económicos del trader.

¿Cuándo tiene sentido realmente plantearse salir de España?

Salir de España no debería ser la primera herramienta de planificación fiscal de un trader.

Antes hay que calcular cuánto pagaría después de aprovechar gastos deducibles, reducciones e incentivos disponibles dentro de España. Solo después tiene sentido comparar ese coste con una residencia fiscal diferente.

Como criterio práctico, cuando la actividad empieza a generar alrededor de 50.000 euros de beneficio neto anual de manera estable creemos que ya merece la pena realizar esa comparativa. No porque exista un umbral legal de 50.000 euros, sino porque a partir de determinadas cifras el ahorro potencial puede empezar a justificar el coste económico y personal de una mudanza real.

Qué habría que comparar

  • Beneficio neto real.
  • Estabilidad de los payouts.
  • Cuánto necesita el trader para vivir.
  • Cuánto puede reinvertir.
  • Tributación correctamente optimizada permaneciendo en España.
  • Reducción del 20 % de inicio cuando aplique.
  • RIC/RIB/Ceuta-Melilla si encajan.
  • Sociedad cuando tenga sentido.
  • País de destino y régimen fiscal real.
  • Vivienda.
  • Seguro médico/Seguridad Social.
  • Gestoría y estructura;
  • Viajes.
  • Pareja/familia.
  • Días de presencia.
  • Vivienda permanente.
  • Centro de intereses económicos.
  • Patrimonio y posibles consecuencias societarias de la salida cuando proceda.

Jurisprudencia clave que debes conocer

En la Sentencia 3882/2024, de 8 de julio, el Supremo señala que para localizar el «núcleo principal o base de las actividades o intereses económicos» del art. 9.1.b LIRPF hay que mirar el conjunto: lugar de obtención de rentas, patrimonio mobiliario e inmobiliario, lugar desde el que se administra y gestiona y otros vínculos relevantes.

Además, como se desprende de la Sentencia 4219/2024, de 22 de julio, incluso existiendo un certificado de residencia fiscal de otro Estado, puede aparecer un conflicto de doble residencia si también concurren criterios de residencia en España. En ese caso habrá que acudir a las reglas del convenio aplicable.

Nuestra opinión

La estructura correcta no se decide mirando una tabla de ingresos ni buscando el país con el porcentaje más bajo.

Mudarse únicamente por impuestos rara vez tiene sentido si el ahorro es pequeño o si la persona no puede desvincularse de España de manera real. Cuando el ahorro potencial es relevante y el trader tiene una posibilidad de movilidad efectiva, entonces sí merece la pena, pero siempre diseñando la salida antes de ejecutarla.

Dos traders que generan exactamente el mismo beneficio pueden necesitar estrategias completamente distintas. Uno puede optimizar su fiscalidad como autónomo en España, mientras que para otro puede tener sentido que utilice una SL o una estructura internacional.

Hay traders que pueden beneficiarse de trasladar realmente su actividad a una zona con un régimen territorial español; mientras que otros pueden estar ya en el punto en el que un cambio real de residencia fiscal al extranjero merece la pena.

Por ello, la estrategia adecuada debe decirse analizando el caso concreto y haciendo números, no escogiendo un país porque has oído que allí se pagan menos impuestos.

Antes de recomendar una estructura hay que mirar cómo se genera el dinero, cuánto beneficio neto es realmente recurrente, cuánto necesita el trader para vivir, qué quiere hacer con el excedente, qué patrimonio quiere construir y dónde quiere vivir los próximos años.

La buena planificación no consiste en encontrar una estructura mágica. Consiste en coordinar correctamente fiscalidad, operativa, patrimonio y residencia para que la estructura evolucione al mismo ritmo que el trader.

Si estás buscando una asesoría personalizada para tu actividad como trader de cuentas fondeadas, en Taxencadenado evaluamos tu caso y realizamos una planificación fiscal para cuentas de fondeo.

 

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Fuentes normativas de referencia

  • Art. 305 LGSS, trabajo autónomo: BOE.
  • Resolución DGT de 6/2/2020 sobre entidades extranjeras análogas a entidades en atribución de rentas: BOE.
  • Art. 8 LIS, residencia y sede de dirección efectiva; art. 18 LIS, operaciones vinculadas: BOE.
  • Extremadura, art. 11 sexies: BOE.
  • Ceuta y Melilla, art. 68.4 LIRPF: BOE.
  • Canarias, art. 27 Ley 19/1994 (RIC): BOE.
  • Baleares, RD 710/2024 (RIB): BOE.

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